Faros
Los faros de un vehículo se encargan de proyectar sobre la carretera, de manera concentrada, los rayos de luz creados por la fuente lumínica. En esta página descubrirá, entre otras cosas, de qué se compone un faro, qué conceptos luminotécnicos existen y qué prescripciones legales hay que cumplir. Además, también encontrará útiles consejos prácticos para manipular los dispersores de plástico.
- 1. Fundamentos
- 2. Consejos prácticos
- 3. Comparativa
- 4. Visión general
- 5. Información interesante
Faros de los vehículos: Componentes
Recomendaciones para manipular dispersores de plástico
Para evitar que los dispersores de plástico sufran daños deberán tenerse en cuenta las siguientes observaciones:
- ¡Los dispersores no deben limpiarse nunca en seco (pueden rayarse)!
- Antes de añadir algún aditivo en el líquido lavafaros, como p.ej. anticongelante o algún agente limpiador, deben consultarse obligatoriamente las instrucciones que se indiquen en el manual del vehículo.
- Algunos productos de limpieza pueden resultar inadecuados o demasiado agresivos y pueden dañar el dispersor.
- ¡Las lámparas de alto vataje no permitidas no deben utilizarse nunca!
- ¡Sólo deben utilizarse lámparas con filtro UV!
Conceptos de la tecnología de la iluminación
Sistemas de faros
Existen cuatro sistemas de faros más habituales
Iluminación del automóvil: Prescripciones
| Faros de luz de cruce | |
| Cantidad | Dos |
| A lo ancho | Máx. 400 mm desde el punto más exterior |
| A lo alto | Permitido desde 500 hasta 1200 mm |
| Conexión eléctrica | SSe permite la conexión adicional de pares de faros auxiliares en la luz de cruce y/o luz de carretera. Al conmutar a la luz de cruce, todos los faros de luz de largo alcance/luz de carretera deberán desconectarse al mismo tiempo. |
| Control de encendido | Testigos de control en verde |
| Otros | Si los faros están equipados con lámparas de descarga de gas (luz de cruce y luz de carretera), deberá instalarse una regulación automática del alcance luminoso y un sistema lavafaros. Estos requisitos se aplican también a las modificaciones posteriores de aquellos vehículos que ya estén en el mercado y que se hayan reequipado después del 1 de abril de 2000. |
| Faros de luz de carretera | |
| Cantidad | Dos o cuatro |
| A lo ancho | No hay ninguna disposición especial, pero deben montarse de manera que la reflexión no moleste al conductor. |
| A lo alto | No existen disposiciones especiales |
| Conexión eléctrica | Se permite la conexión adicional de pares de faros auxiliares de largo alcance en la luz de cruce o de carretera. Al conmutar a la luz de cruce, todos los faros de luz de largo alcance/luz de carretera deberán desconectarse al mismo tiempo. |
| Control de encendido | Testigo de control en azul |
| Otros | La intensidad lumínica de un faro de luz de carretera encendido no puede superar las 300.000 cd. La suma del valor de los faros no debe superar el valor total de 100. |
| Faro para luz antiniebla (opcional) | |
| Cantidad | Dos, color blanco o ámbar claro |
| A lo ancho | No existen disposiciones especiales |
| A lo alto | No puede ser superior a la de los faros para luz de cruce, según regulación CEE, pero como mín. 250 mm |
| Conexión eléctrica | Con luz de cruce y de carretera. También con la luz de posición si la superficie de emisión de la luz del faro antiniebla no está más lejos de 400 mm del punto más exterior en anchura. |
Versión del faro
Reglamento CEE 1
- A Luz de posición
- B Luz antiniebla
- C Luz de cruce
- R Luz de carretera
- CR Luz de cruce y de carretera
- C/R Luz de cruce o de carretera
Reglamento CEE 8, 20 (sólo H4)
- HC Luz de cruce halógena
- HCR Luz de cruce y de carretera halógenas
- HC/R Luz halógena de largo alcance o de cruce
Reglamento CEE 98
- DC Luz de cruce xenón
- DR Luz xenón de largo alcance
- DC/R Luz xenón de largo alcance o de cruce. No se permite su uso al mismo tiempo.
Reglamento CEE 123
- X Sistema Avanzado de iluminación Frontal
Indicación de la potencia lumínica mediante el número de valor
Luz de carretera
7,5; 10; 12,5; 17,5; 20; 25; 27,5; 30; 37,5; 40; 45; 50 por cada faro (en Alemania se permiten como máx. cuatro faros de luz de carretera encendidos al mismo tiempo, y el número del valor 100 / 480 lx es el valor máx. que nunca debe superarse).
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